Novedades en el etiquetado e información de los alimentos

Se mejora la información al consumidor en productos presentados sin envasar y los envasados en comercio minorista.

A través de una nueva propuesta de real decreto se ha desarrollado el Reglamento 1169/2011. Con esta nueva medida se trabaja sobre los alimentos que se presentan sin envasar para la venta al consumidor final y las colectividades, además de los alimentos envasados en los lugares de venta.

Algunas de las novedades más relevantes de la propuesta de real decreto para mejorar la información a los consumidores se refieren a sectores como:

  • Alérgenos. En esta futura norma también se consideran los requisitos del apartado c) del artículo 9 (1) del Reglamento (UE) nº 1169/2011 en conexión con el anexo II. Los alérgenos también deberán ser indicados en los alimentos no envasados que se vendan al consumidor final.
  • Tamaños del tipo de letra. El criterio general se aplicará también en las etiquetas de los productos envasados por los titulares del comercio minorista de un tamaño de letra 1,2 mm. El objetivo es conseguir una mayor legibilidad del etiquetado.
  • Venta a distancia. Aquí se contempla este tipo de proceso de venta en los alimentos. Según el Reglamento 1169/2011, «la información alimentaria en estos casos estará disponible antes de que se realice la compra y figurará en el soporte de la venta a distancia o se facilitará a través de otros medios apropiados claramente determina­dos por el operador de empresas alimentarias».